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Autoridades sanciona prácticas anticompetitivas en puerto colombiano: multa supera $25.000 millones

Investigación revela conflicto de intereses entre administración de infraestructura y prestación de servicios portuarios

Autoridades de competencia identificaron durante 12 años un patrón sistemático de restricciones a la libre competencia en uno de los principales puertos del Pacífico colombiano. Mediante resolución oficial, se sancionó al operador portuario y cuatro personas naturales por crear barreras que favorecieron sus propios servicios mientras limitaban la participación de

Redaccion E30·21/7/2026
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Autoridades sanciona prácticas anticompetitivas en puerto colombiano: multa supera $25.000 millones

Autoridades de competencia identificaron durante 12 años un patrón sistemático de restricciones a la libre competencia en uno de los principales puertos del Pacífico colombiano. Mediante resolución oficial, se sancionó al operador portuario y cuatro personas naturales por crear barreras que favorecieron sus propios servicios mientras limitaban la participación de competidores independientes.

La investigación documentó prácticas discriminatorias en tres segmentos operativos. En carga contenerizada, el operador asumió de manera exclusiva servicios de inspección requeridos por autoridades, restringió movimientos de carga por terceros y condicionó autorizaciones operativas. En carga general, otorgó beneficios comerciales como días libres de almacenamiento exclusivamente a sus servicios o empresas vinculadas, además de crear obstáculos técnicos en el sistema de nominación de operadores. En carga a granel, diseñó procesos licitantes con condiciones que favorecían su permanencia, impuso restricciones tecnológicas injustificadas y exigió costos adicionales de pesaje sin justificación operativa.

La estructura de conflicto de intereses resultó determinante en los hallazgos. Al ejercer simultáneamente funciones de administrador de infraestructura y prestador de servicios, el operador controló tanto las reglas del acceso como su propia participación en el mercado. Esto incluyó asignación discrecional de turnos de ingreso y salida de vehículos, programación de citas y otorgamiento de ventajas competitivas a empresas vinculadas, además de impulsar modificaciones contractuales que incrementaban su control operativo.

La decisión abre un precedente regulatorio en mercados portuarios latinoamericanos donde coexisten funciones administrativas y comerciales. Expertos en competencia señalan que este modelo de gobernanza dual genera incentivos estructurales para prácticas anticompetitivas, independientemente de la intención de los operadores. Las medidas ordenadas incluyen eliminación de barreras técnicas, restablecimiento de condiciones equitativas de acceso y supervisión de modificaciones contractuales futuras.

Las partes cuentan con recursos legales para impugnar la decisión, pero la resolución marca un punto de inflexión en la regulación de infraestructura portuaria estratégica en la región. Otros puertos de la costa pacífica y atlántica colombiana operan bajo estructuras similares, lo que sugiere que investigaciones adicionales podrían seguir este precedente en los próximos años.

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