Gestión privada en salud pública: por qué las leyes de contención no alcanzan

Organizaciones defensoras de la sanidad pública han calificado de 'insuficiente e inaceptable' el reciente proyecto de ley de Gestión Pública e Integridad del Sistema Nacional de Salud, aprobado en mayo por el Consejo de Ministros. Aunque la iniciativa busca priorizar la gestión directa del Estado y restringir la participación privada, sus críticos señalan que el texto legal aún permite la privatización de servicios y la celebración de convenios singulares con operadores privados, lo que contradice su propósito declarado.

Durante una rueda de prensa frente al Ministerio de Sanidad, representantes de la Auditoría Ciudadana de la Deuda en Sanidad y la Coordinadora de Barrios y Pueblos de Madrid en Defensa de la Sanidad Pública presentaron datos que ilustran la magnitud del problema estructural: para 2025, 249 hospitales estatales operarán bajo contratos de concierto parcial o sustitutorio, de los cuales 19 funcionan mediante modelos de colaboración público-privada, con 11 concentrados en la Comunidad de Madrid. Estos contratos, vigentes hasta 2036, representan un horizonte de largo plazo que ninguna ley de corto alcance puede revertir fácilmente. La derogación de la Ley 15/97, que facilitó la entrada de grandes grupos al sistema público, fue reconocida como un avance, pero los especialistas advierten que eliminar esa norma no desmantela el marco jurídico residual que sigue habilitando la externalización de servicios como diagnóstico, laboratorios, rehabilitación y atención domiciliaria.

Desde una perspectiva de política pública y gobernanza sanitaria, el debate refleja una tensión global entre eficiencia operativa y equidad en el acceso a la salud. Estudios de la Organización Mundial de la Salud y análisis del European Observatory on Health Systems han documentado que los modelos de colaboración público-privada en salud tienden a generar ahorros de corto plazo a costa de inequidades territoriales y deterioro en condiciones laborales del personal clínico. En este caso, las organizaciones también denuncian que la ley omite mecanismos para reducir la desigualdad entre comunidades autónomas y mantiene el régimen especial de mutualidades de funcionarios, que permite elegir entre atención pública o privada, generando una segmentación que afecta la cohesión del sistema. Para los estrategas de política sanitaria y los directivos del sector salud, el caso ilustra un principio recurrente: legislar sin un plan de reversión financiado y con plazos definidos equivale a institucionalizar el statu quo bajo una nueva denominación.