Justicia condena a aseguradora por evadir cobertura de robo automotriz
Un fallo de Mar del Plata obliga a una compañía de seguros a pagar más de 12.6 millones de pesos tras rechazar un siniestro debidamente documentado, y establece un precedente sobre buena fe contractual y derechos del consumidor.

Conductas evasivas, exigencia de documentos ya entregados y dilación injustificada en la resolución de un reclamo: estos fueron los elementos que llevaron a la Justicia de Mar del Plata a condenar a una aseguradora a pagar más de 12.6 millones de pesos, más una multa civil equivalente a cinco canastas básicas, por incumplir la cobertura de un robo automotriz denunciado en diciembre de 2023. El fallo, analizado por Entorno, marca un punto de referencia relevante para el sector asegurador y para los consumidores que enfrentan reclamos rechazados sin sustento probatorio. El caso involucra el robo de un Peugeot 207 durante un asalto en el que la asegurada fue interceptada por dos individuos en motocicleta al ingresar a su domicilio. La denuncia policial fue presentada esa misma madrugada. La póliza contratada cubría el vehículo por un valor superior a cinco millones de pesos, con una cláusula de ajuste automático del 20%. Sin embargo, la aseguradora ofreció una indemnización que la reclamante consideró insuficiente frente al valor actualizado del automóvil en un contexto de alta inflación. Tras múltiples gestiones —correos electrónicos, carta documento— sin respuesta satisfactoria, la afectada presentó una demanda civil por daños y perjuicios. Durante el proceso judicial, la compañía reconoció la existencia de la póliza pero cuestionó la veracidad del robo, alegó la falta del 'certificado de no hallazgo' e impugnó la documentación aportada, a pesar de que el juzgado verificó que esa misma documentación había sido enviada en reiteradas ocasiones. La sentencia tiene implicaciones que trascienden el caso individual. La jueza encuadró la relación entre las partes bajo la Ley de Defensa del Consumidor y el Código Civil y Comercial, subrayando que los contratos de seguros automotrices son contratos de adhesión que deben interpretarse en favor del consumidor, particularmente cuando existe asimetría en la negociación. El juzgado determinó que la suma asegurada debía actualizarse al valor de reposición de un vehículo similar al momento de la pericia —9.81 millones de pesos—, a lo que se sumaron 1.2 millones por daños y perjuicios. Para los estrategas del sector financiero y asegurador, el fallo refuerza una tendencia judicial creciente: la exigencia de buena fe contractual no es una cláusula decorativa, sino un estándar ejecutable. Las compañías que dilaten reclamos legítimos o impongan cargas administrativas desproporcionadas a sus asegurados enfrentan no solo el pago de la indemnización original, sino sanciones adicionales que elevan significativamente el costo del incumplimiento.


