Justicia condena a aseguradora por evadir cobertura de robo automotor y ordena pago de más de 12 millones
Un fallo de Mar del Plata establece precedente sobre el deber de buena fe, actualización del valor asegurado y protección al consumidor en contratos de adhesión

Directivos del sector asegurador y del ámbito legal tienen un nuevo precedente judicial que analizar: la Justicia de Mar del Plata condenó a una aseguradora a pagar más de 12.6 millones de pesos, más una multa civil equivalente a cinco canastas básicas, por negarse a cubrir el robo de un vehículo denunciado en diciembre de 2023. El fallo, documentado por Entorno, pone en el centro del debate las obligaciones contractuales de las compañías de seguros frente a sus asegurados y el alcance real de las pólizas automotrices en contextos de alta inflación.
El caso involucra el robo de un Peugeot 207 durante un asalto en el que dos individuos interceptaron a la propietaria al ingresar a su domicilio, sustrayéndole las llaves, el teléfono y finalmente el vehículo. La asegurada contaba con una póliza que cubría el automóvil por más de cinco millones de pesos, con una cláusula de ajuste automático del 20%. Sin embargo, la aseguradora ofreció ese monto base como indemnización, ignorando la depreciación real del peso frente al valor de reposición del bien. Tras múltiples gestiones documentadas —correos electrónicos y carta documento— sin respuesta satisfactoria, la afectada presentó una demanda civil por daños y perjuicios. Durante el proceso, la compañía cuestionó la veracidad del robo, impugnó la documentación presentada y alegó la falta del "certificado de no hallazgo", argumentos que el juzgado desestimó al verificar que las pruebas aportadas —denuncias policiales y correspondencia— acreditaban el hecho de manera suficiente.
Lo que hace especialmente relevante este fallo para el sector es su razonamiento sobre la actualización del valor asegurado y el estándar de conducta exigible a las aseguradoras. La jueza determinó que la suma indemnizable debía calcularse sobre el valor de reposición de un vehículo similar al momento de la pericia: 9.81 millones de pesos, cifra que superó ampliamente lo pactado originalmente en la póliza. A eso se sumaron 1.2 millones adicionales por daños y perjuicios. El fallo encuadró la relación contractual bajo la Ley de Defensa del Consumidor y el Código Civil y Comercial, recordando que los seguros automotrices son contratos de adhesión que deben interpretarse a favor del asegurado. Más allá del caso concreto, la sentencia envía una señal clara a las compañías del sector: dilatar reclamos, requerir documentación ya entregada y mantener respuestas evasivas no solo es jurídicamente riesgoso, sino que puede derivar en condenas que superan con creces el valor original de la cobertura.


