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Protección laboral contra amianto: la brecha normativa que expone a trabajadores europeos

Bruselas intensifica presión sobre países incumplidores de directivas de seguridad ocupacional

Incumplimiento de normativas comunitarias sobre protección frente al amianto ha generado un procedimiento de infracción que afecta a seis estados miembros, entre ellos España. La Comisión Europea emitió un dictamen formal advirtiendo sobre posibles sanciones financieras si no se completa la transposición de las directrices que protegen a trabajadores de

Redaccion E30·8/7/2026
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Protección laboral contra amianto: la brecha normativa que expone a trabajadores europeos

Incumplimiento de normativas comunitarias sobre protección frente al amianto ha generado un procedimiento de infracción que afecta a seis estados miembros, entre ellos España. La Comisión Europea emitió un dictamen formal advirtiendo sobre posibles sanciones financieras si no se completa la transposición de las directrices que protegen a trabajadores de los riesgos asociados a esta sustancia cancerígena. El procedimiento se encuentra en fase avanzada, y la Comisión ha establecido un plazo de dos meses para que se implementen las medidas necesarias, tras lo cual podría presentar el caso ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

La magnitud del problema radica en los datos de salud ocupacional: el amianto es responsable de aproximadamente el 75% de los cánceres laborales en la Unión Europea, según documentos de los servicios comunitarios. La directiva europea establece normas destinadas a mejorar significativamente la protección de trabajadores expuestos a este material tóxico. Entre las modificaciones que deberían estar ya implementadas en las legislaciones nacionales se incluye una reducción drástica del límite de exposición permitido en el entorno laboral, que debe ajustarse de 0.1 a 0.01 fibras por centímetro cúbico, conforme a los últimos avances científicos y tecnológicos. Este cambio representa un endurecimiento sustancial de los estándares de seguridad ocupacional.

El expediente se originó en enero de 2026, cuando la Comisión envió cartas de emplazamiento a varios países. Desde entonces, cuatro naciones han tomado medidas correctivas, mientras que seis permanecen en incumplimiento. Chipre, Países Bajos, Polonia, Eslovaquia y España no han notificado adecuadamente las medidas necesarias para cumplir con la normativa comunitaria, cuyo plazo venció en diciembre de 2021. Aunque algunos aspectos permiten un plazo extendido hasta 2029, la urgencia de la situación es evidente dado el impacto en la salud de trabajadores. La imposición de sanciones financieras subraya la importancia de actuar con prontitud en la protección de la salud laboral en el país.

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