NEO
Nacionales

Derechos laborales del trabajo doméstico en México: jornada, descanso y remuneración

Marco legal que protege a trabajadoras del hogar: horarios, vacaciones y salario mínimo

Trabajadoras domésticas en México cuentan con un marco legal que establece jornadas laborales limitadas a 40 horas semanales, períodos de descanso obligatorio y salario mínimo garantizado. Estos derechos aplican tanto a quienes trabajan por horas como a empleadas internas, aunque estas últimas tienen condiciones específicas que reconocen la naturaleza de

Redaccion E30·15/7/2026
Compartir:LinkedInXWhatsAppFacebook
Derechos laborales del trabajo doméstico en México: jornada, descanso y remuneración

Trabajadoras domésticas en México cuentan con un marco legal que establece jornadas laborales limitadas a 40 horas semanales, períodos de descanso obligatorio y salario mínimo garantizado. Estos derechos aplican tanto a quienes trabajan por horas como a empleadas internas, aunque estas últimas tienen condiciones específicas que reconocen la naturaleza de su relación laboral.

La regulación establece que debe transcurrir un mínimo de 12 horas entre el final de una jornada y el inicio de la siguiente. El descanso semanal obligatorio es de 36 horas continuas, generalmente cubriendo todo el domingo más la tarde del sábado o la mañana del lunes. Para empleadas internas, este período puede reducirse a 10 horas, siempre que las 2 horas faltantes se recuperen dentro de las cuatro semanas posteriores. Las vacaciones anuales corresponden a 30 días naturales, con la condición de que al menos 15 sean continuos. La distribución de fechas requiere acuerdo previo entre ambas partes, con notificación mínima de dos meses de anticipación.

Un aspecto crítico en este sector es la distinción entre trabajo efectivo y tiempos de presencia. El primero incluye limpieza, cocina, cuidado de personas y compras. Los tiempos de presencia son períodos en los que la trabajadora debe estar disponible en el hogar sin realizar tareas activas. Estos deben acordarse previamente y pueden compensarse con descanso, remuneración o ambas. Si se opta por pago, cada hora debe remunerarse al menos al mismo valor que una hora ordinaria, sin superar 20 horas semanales de media.

Respecto a la remuneración, para 2026 una empleada a jornada completa debe recibir el salario mínimo interprofesional correspondiente. Quienes prestan servicios por horas y no residen en el domicilio tienen derecho a compensación horaria establecida por ley. Adicionalmente, las trabajadoras internas deben disponer de al menos dos horas diarias libres para comidas principales, tiempo que no se contabiliza como jornada laboral.

En materia de permisos, las empleadas domésticas tienen derecho a solicitarlos por las mismas causas que el resto de trabajadores, sin descuento de salario. Durante vacaciones, las trabajadoras internas no están obligadas a permanecer en el domicilio familiar ni a acompañar a la familia a residencias secundarias o lugares de veraneo. Recientemente, se ha intensificado el debate sobre garantizar jubilación digna a este sector, con propuestas para equiparar derechos y crear sistemas públicos de cuidados que eliminen la precariedad estructural que caracteriza al trabajo doméstico.

Sigue leyendo