Empleados bajo el régimen de Contrato Administrativo de Servicios (CAS) enfrentan pagos de gratificación inferiores a los montos mínimos establecidos por normativa, lo que ha generado conflictividad laboral en el sector público peruano. Según reportes de organizaciones sindicales, la discrepancia obedece a interpretaciones divergentes de la Ley 32563 y su decreto reglamentario, que establece la gradualidad de derechos laborales para este segmento de trabajadores.

La confusión normativa se concentra en dos aspectos técnicos del cálculo de gratificaciones. La ley estipula que el beneficio debe corresponder al 10% de la remuneración, pero establece un piso mínimo que no debe ser inferior a determinado monto, con un período de acumulación de tres meses (abril, mayo y junio). Sin embargo, algunas entidades públicas están aplicando el porcentaje sobre el salario sin considerar el mínimo garantizado, lo que resulta en pagos nulos para trabajadores que no completaron 90 días de labores o cuya remuneración base genera un 10% inferior al mínimo legal. Representantes de organizaciones de trabajadores estatales han señalado que esta interpretación restrictiva contradice el espíritu de la norma, que busca garantizar un piso mínimo de ingresos para todos los empleados CAS, independientemente de su salario base.

Casos documentados muestran que trabajadores con remuneraciones mensuales de S/1,300 reciben gratificaciones de aproximadamente S/56.50 (equivalente al 10% de su sueldo), cuando la norma establece que deberían percibir el mínimo garantizado. Algunas instituciones, como el Ministerio del Interior, han interpretado que solo quienes completaron 90 días sin faltas acceden al 100% del beneficio mínimo, generando una segunda capa de restricción no explícita en la ley. Esta interpretación ha motivado que grupos de trabajadores CAS realicen manifestaciones públicas exigiendo el cumplimiento íntegro de beneficios laborales y compensaciones por tiempo de servicios.

Desde organizaciones sindicales se ha orientado a los trabajadores para presentar reclamos formales ante áreas de Recursos Humanos, argumentando que la aplicación correcta de la norma requiere respetar el mínimo establecido en todos los casos. El conflicto refleja un patrón más amplio en la administración pública: la ausencia de criterios unificados en la interpretación de normas laborales genera inequidad entre trabajadores y erosiona la confianza en el cumplimiento de derechos establecidos por ley. La resolución de esta discrepancia requiere claridad normativa de las autoridades competentes y supervisión del cumplimiento en todas las entidades del sector público.