Rifas de inmuebles: los riesgos legales que organizadores y ganadores suelen ignorar
Ganar una casa en una rifa no siempre se traduce en convertirse en su propietario legal. Un fallo judicial reciente en la provincia de Buenos Aires ilustra los riesgos jurídicos que enfrentan tanto los participantes como las organizaciones que promueven este tipo de sorteos. En el caso analizado, el ganador del primer premio de una rifa celebrada en 2016 recibió las llaves del inmueble y lo ocupó durante años, pero nunca pudo escriturarlo a su nombre. El tribunal dictó una indemnización por daño moral, distribuyendo la responsabilidad entre la entidad organizadora —una asociación vecinal— con un 60% de culpa, y el municipio que autorizó y debía supervisar el sorteo, con el 40% restante.
Este caso revela una falla estructural que trasciende el litigio individual. La vivienda fue construida por una empresa contratada por la asociación organizadora, pero el terreno donde se edificó formaba parte de un proceso sucesorio no resuelto. La subdivisión del predio nunca tuvo efectos legales plenos, lo que imposibilitó la inscripción registral y, por ende, la transferencia de dominio. En términos prácticos, la entidad ofreció como premio un bien sobre el que no tenía titularidad plena, incurriendo en un incumplimiento contractual que la jueza calificó como parcial, dado que el ganador sí recibió y mantuvo la posesión material del inmueble. El fallo también señaló que el demandante, quien contaba con 72 años al momento del sorteo, no presentó acción de escrituración ni solicitó la resolución del contrato, lo que limitó el alcance de la reparación reconocida.
Desde una perspectiva de gestión de riesgos, este precedente ofrece señales relevantes para organizaciones civiles, municipios y cualquier entidad que administre sorteos con bienes inmuebles como premio. La autorización municipal no exime de responsabilidad cuando el ente público omite verificar la cadena de titularidad del bien ofrecido. Para los participantes, el fallo enfatiza la importancia de exigir documentación registral antes de aceptar formalmente un premio inmobiliario. En un contexto donde la confianza institucional es un activo crítico para la viabilidad de este tipo de eventos, la transparencia en la situación dominial de los bienes sorteados no es un simple detalle administrativo, sino una condición esencial de legitimidad y de gestión responsable del riesgo legal.



