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Feriado del 29 de junio: cómo se calcula el pago triple y qué obliga la ley laboral

Trabajadores del sector privado que laboren ese día sin descanso sustitutorio tienen derecho a una remuneración triplicada; conocer la normativa evita conflictos entre empleadores y colaboradores.

Redaccion E30·23/6/2026
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Feriado del 29 de junio: cómo se calcula el pago triple y qué obliga la ley laboral

Trabajar el feriado del lunes 29 de junio —Día de San Pedro y San Pablo— activa una obligación legal concreta para los empleadores del sector privado: pagar una remuneración triple al colaborador que se presente sin haber recibido un descanso sustitutorio. Así lo establece la Ley de Descansos Remunerados, que reconoce esta fecha como feriado nacional y garantiza el pago del día incluso a quienes no asistan a laborar. Según el análisis de Entorno, entender esta distinción es clave para evitar contingencias laborales en las organizaciones.

El mecanismo de cálculo es preciso: el empleador debe abonar la remuneración ordinaria del día más un 100% adicional como sobretasa, lo que resulta en un pago equivalente a tres veces el valor diario del salario. La normativa también precisa que no se considera trabajo en feriado cuando el turno inicia en un día laborable y concluye en la fecha festiva, por lo que en ese supuesto no aplica la sobretasa. Adicionalmente, si el 29 de junio coincide con el día de descanso semanal obligatorio del trabajador y este no labora, solo corresponde la remuneración habitual de ese descanso, sin beneficio adicional.

Un aspecto que las áreas de Recursos Humanos deben tener claro es la diferencia entre feriados y días no laborables. Los primeros aplican tanto al sector público como al privado; los segundos son exclusivos del sector público y, en empresas privadas, su aplicación depende del acuerdo entre las partes. En caso de días no laborables, las horas no trabajadas deben compensarse en un plazo máximo de diez días o en la fecha que el empleador determine. Con el fin de semana largo que genera este feriado —sábado 27, domingo 28 y lunes 29 de junio—, Entorno recomienda que las organizaciones revisen con anticipación sus políticas internas para garantizar el cumplimiento normativo y mantener la claridad con sus equipos antes del siguiente periodo de descanso extendido por Fiestas Patrias.