Cambios estructurales en la política pensional mexicana introducen un criterio de segmentación basado en historial de cotización que desplaza la edad como factor determinante de acceso a beneficios. Bajo el nuevo marco normativo, mujeres con 750 semanas cotizadas y hombres con 900 semanas pueden permanecer en el sistema tradicional, mientras que quienes no alcancen estos umbrales son trasladados automáticamente a un modelo de pilares. Este giro representa una ruptura significativa respecto a décadas de política pensional basada en edad de jubilación, introduciendo en su lugar un sistema de barreras de entrada diferenciadas por género.

La reforma introduce una segunda capa de diferenciación mediante ingresos. Para trabajadores integrados al nuevo sistema de pilares, los aportes se distribuyen según salario mensual: ingresos hasta 2.3 salarios mínimos van a Colpensiones (componente solidario), mientras que ingresos superiores se dirigen a una Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual (ACCAI). Esta estructura bifurcada obliga a trabajadores con ingresos mayores a 2.3 salarios mínimos a elegir administradora complementaria, complejizando la planificación financiera personal y creando dos trayectorias pensionales paralelas según capacidad de ingreso.

Impactos diferenciados emergen según trayectoria laboral. Trabajadores independientes, formales e informales enfrentarán transiciones distintas, sin homogenización del sistema. La reforma crea segmentos con reglas específicas, exigiendo evaluación individual de cada cotizante respecto a semanas acumuladas, régimen de afiliación y trayectoria de ingresos. Analistas de política pública señalan que esta fragmentación puede profundizar desigualdades: trabajadores con historiales discontinuos (comunes en economías informales) enfrentan barreras más altas, mientras que aquellos con trayectorias estables acceden a condiciones más favorables. La ausencia de mecanismos de reconocimiento de tiempo de servicios previos a la reforma genera incertidumbre sobre transiciones de trabajadores cercanos a jubilación que no cumplen nuevos umbrales.