Compensación por Tiempo de Servicios: requisitos, cálculo y obligaciones laborales

Trabajadores y empleadores del sector privado en Perú deben revisar con precisión los requisitos, conceptos remunerativos y plazos que rigen el próximo depósito semestral de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), un beneficio laboral que actúa como fondo de protección ante situaciones de desempleo y cuyo cálculo ha sido modificado por el reciente ajuste a la Remuneración Mínima Vital (RMV).

Acceder al beneficio no es automático para todos los trabajadores en planilla. La normativa establece que el derecho se genera únicamente para quienes cumplan en promedio una jornada mínima diaria de cuatro horas y hayan laborado al menos un mes completo dentro del semestre correspondiente. Quedan excluidos, entre otros, quienes están contratados bajo el esquema de Remuneración Integral Anual (RIA), modalidad en la que los beneficios laborales ya están incorporados al monto total pactado. Quienes acumulen menos de un mes de servicios al cierre del periodo no recibirán depósito en este ciclo, aunque generarán el derecho proporcional en el siguiente semestre.

En cuanto al cálculo, la base computable va más allá del sueldo básico: incluye asignación familiar, horas extras, comisiones y bonificaciones que cumplan criterios de regularidad según la norma vigente. Para el depósito de noviembre, se incorpora además una sexta parte de la gratificación percibida en julio. El reciente incremento de la RMV —de 1,130 a 1,230 soles a partir del primero de octubre de 2026— eleva directamente la asignación familiar, que equivale al 10% de la remuneración mínima y pasó de 113 a 123 soles mensuales, impactando la remuneración computable de los trabajadores que perciben este concepto. Para los equipos de recursos humanos y finanzas, este ajuste implica revisar las liquidaciones antes del depósito para garantizar el cumplimiento de las obligaciones legales dentro de los plazos establecidos.