La sala de tribunal laboral ha declarado inconstitucional la reducción del 33% en indemnizaciones de trabajadores que iniciaron procesos judiciales, estableciendo un piso mínimo del 67% del monto correspondiente. La decisión, fundamentada en violaciones al derecho de propiedad, igualdad ante la ley y acceso a tribunales, ordena aplicar en su lugar el régimen general de actualización por Índice de Precios al Consumidor más interés puro del 3% anual desde el momento en que cada suma fue debida.

La sentencia analiza un caso de despido laboral y argumenta que la normativa anterior penalizaba constitucionalmente a trabajadores que recurrieron a la justicia. El tribunal enfatizó que el acceso a la jurisdicción no debe transformarse en motivo de pérdida económica, citando estándares internacionales que rechazan normas que imponen restricciones al acceso a tribunales sin justificación adecuada. Esta línea argumentativa cuestiona la lógica de imponer costos patrimoniales adicionales únicamente a quienes litigan, mientras quienes no lo hacen mantienen sus derechos intactos.

La disparidad de criterios dentro del fuero laboral genera incertidumbre significativa. Mientras que la Sala I y la Sala VI han declarado la inconstitucionalidad, las Salas II y VIII sostienen la constitucionalidad del artículo impugnado en expedientes similares. Esta fragmentación judicial crea un escenario donde empresas y trabajadores enfrentan resultados distintos según la sala que intervenga, aumentando la probabilidad de que la Corte Suprema de Justicia deba intervenir para establecer un criterio unificado. El impacto potencial abarca tanto a litigios pendientes como a futuras controversias laborales, afectando estructuras de costos empresariales y expectativas de recuperación de trabajadores en toda la economía.