Obligación legal de aceptar billetes y monedas en circulación: lo que deben saber los comercios

Comercios y establecimientos en México están legalmente obligados a aceptar todos los billetes y monedas emitidos a partir de 1993, independientemente de su antigüedad o diseño. Esta disposición, recordada recientemente por el Banco de México, cobra relevancia en un contexto donde la circulación de denominaciones antiguas genera fricciones operativas en puntos de venta y representa un riesgo regulatorio para los negocios que las rechazan.

El marco normativo abarca billetes de las series B y C —identificados con la leyenda 'nuevos pesos' y emitidos entre 1993 y 1994—, así como las familias D, D1 y F, que ya expresan valores en 'pesos' e incluyen ediciones conmemorativas, versiones con nuevos elementos de seguridad y billetes fabricados en polímero. En el caso de las monedas, la obligación se extiende a todas las acuñadas desde 1993, incluyendo denominaciones de 5 y 10 centavos, así como piezas conmemorativas de 20 y 100 pesos. Aunque estas emisiones se encuentran en proceso de retiro gradual por parte de la autoridad monetaria, conservan íntegramente su valor nominal y su condición de curso legal.

Para los directivos y operadores de negocios, el incumplimiento de esta norma expone a los establecimientos a denuncias ante la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), organismo facultado para intervenir en estos casos. Desde una perspectiva de gestión de riesgos, la recomendación práctica es capacitar al personal de caja para identificar estas denominaciones y canalizar los billetes y monedas recibidos directamente a las instituciones bancarias, que a su vez tienen la obligación de separarlos y remitirlos al Banco de México. Ignorar esta regulación no solo implica un riesgo legal, sino también un deterioro en la experiencia del cliente en el punto de venta.