La Propiedad Industrial presente en el Gran Premio de México de Fórmula 1
Por: Octavio Espejo y Lizbeth Cobos*
El 7 de noviembre se disputará el Gran Premio de México de Fórmula 1, este evento es sin duda un gran motor económico para las ciudades que lo organizan. En este marco de referencia hay cuestiones de Propiedad Industrial que se deben cuidar para salvaguardar los derechos relacionados y evitar la infracción a terceros que puedan tener registros vigentes en nuestro país.
De acuerdo con el artículo 171 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial (LFPPI), una Marca se define como todo signo perceptible por los sentidos y susceptible de representarse de manera que permita determinar el objeto claro y preciso de la protección, que distinga productos o servicios de otros de su misma especie o clase en el mercado.
Es por ello, que cuando alguien busca registrar una marca, pretende de inicio poder explotarla en el país de origen, pero, finalmente que la misma sea reconocida mundialmente. El mejor escaparate para este efecto es un evento que acapara todas las miradas como lo es la Fórmula 1. En el deporte motor, los patrocinios son muy importantes ya que al ser un deporte élite es muy difícil poder costear todo el desarrollo y tecnología de que representa crear un automóvil competitivo y más ahora que estamos en la era híbrida y de innovación.
Son dos marcas las más relevantes que carrera con carrera siguen explotadas por la pelea que llevan mano a mano por el campeonato mundial, ellas son Mercedes y Red Bull, está última ha ido ganando adeptos en las últimas dos temporadas debido a la llegada del único piloto que representa no solo a México si no a Latinoamérica, Red Bull ha dejado de ser solo la marca de la bebida energética, se ha comercializado más en relación a las ventas de souvenirs como chamarras, sudaderas, termos, gorras las cuales son un beneficio ya que todas esas licencias se plasman en estrategias de marketing o promociones que posteriormente se pueden ver traducidos en mayores ventas.
Con la llegada de Sergio Pérez a la escudería de los “toros rojos” está marca dejó de tener solo presencia en Europa, el cual era su principal mercado, ahora México es su mercado número 2. Con esto y de acuerdo con el Artículo 190 de LFPPI este signo distintivo comienza a cumplir con la definición de marca notoriamente conocida, ya que un sector determinado del público o de los círculos comerciales del país, conoce la marca como consecuencia de las actividades comerciales desarrolladas en México o en el extranjero por una persona que emplea esa marca en relación con sus productos o servicios o bien, como consecuencia de la promoción o publicidad de la misma.
De igual manera, de cara a la temporada 2022 y a todas las actualizaciones que se vienen Honda dejará de participar en el circuito y ser uno de los principales proveedores de motores. Red Bull ha llegado a un acuerdo con la marca japonesa involucrando licencias de patentes relacionadas con las unidades de potencia que ellos fabricaron con el fin de poder continuar con la producción y seguir innovando en tecnología híbrida. La finalidad es generar unidades de potencia bastante competentes, para lo cual se creó una nueva división de la marca la cual se llamará Red Bull Powertrains Limited, que permitirá que el uso de la tecnología se pueda extender hasta 2025, año en el que se presentarán la nueva generación de motores.
La protección y desarrollo de Propiedad Industrial es un factor determinante para que la Fórmula 1 sea el circuito con mayor popularidad del deporte motor a nivel mundial y que también sea uno de los más redituables. El uso y defensa de estos derechos también pueden influir en el resultado de la competencia en la pista.
*Octavio Espejo Hinojosa es socio de BC&B, cuenta con 16 años de experiencia en Propiedad Intelectual, y actualmente lidera la dirección de Patentes y Tecnología de la firma. Y Lizbeth Cobos Guerra, forma parte de la dirección de Patentes de BC&B.